XV Congreso Europeo: LJUBLJANA, 16-18 Septiembre de 2026

 

 

https://www.laborlawcongress2026.org/

Programa

 

«Europa Social bajo tensión: Desafíos contemporáneos del derecho laboral y de la seguridad social nacional y europea”

 

Como señaló Heráclito, lo único constante en la vida es el cambio. Esto es cierto tanto para las vidas de los individuos como de las sociedades, tanto nacionales como europeas. Todas se enfrentan a nuevas formas de organizar el trabajo, un rol modificado de los actores sociales, una comprensión más privada de los riesgos sociales y necesidades crecientes de protección de la seguridad social, todo ello a la luz de las nuevas tecnologías y el uso de la inteligencia artificial. De ahí que el objetivo del Congreso ISLSSL de Ljubljana sea discutir los principios fundamentales del derecho laboral y de la seguridad social, tanto a nivel nacional como europeo, y establecer hasta qué punto han llegado a estar bajo tensión. Si se presionan demasiado, deben adaptarse o colapsar, y deben establecerse nuevos principios.

El Congreso ISLSSL de Ljubljana se divide en tres partes. La primera está relacionada con los desafíos del derecho laboral individual y posibles mejoras. Esta parte está dividida en seis grupos que abordan elementos fundamentales del derecho laboral. El Grupo 1podría tratar sobre la subordinación y las nuevas formas de organizar el trabajo. Los temas podrían incluir a los trabajadores de plataformas como trabajadores subordinados (prácticas nacionales, nueva Directiva sobre trabajo en plataformas, amenaza de aumento del trabajo precario), si el trabajo bajo la dirección y supervisión de un empleador sigue siendo una suposición válida, amenaza de precariedad en el trabajo (efectos no deseados y posibilidades de superarlos), cuáles son los elementos (cambiantes) de la relación laboral (también teniendo en cuenta la Recomendación de la OIT R198 sobre la relación de empleo, 2006), entre otros.

El Grupo 2podría abordar la digitalización y sus impactos en las relaciones laborales. Los temas podrían tratar sobre la supervisión de los trabajadores con tecnologías modernas, incluyendo dispositivos portátiles, pasando de ser una persona subordinada a una «máquina» subordinada, la recopilación de muchos datos personales, de la cuantificación del trabajo a la cuantificación de un trabajador, etc. La gestión algorítmica también ha sido analizada en un documento reciente de la OCDE (Documento de trabajo sobre gestión algorítmica en el lugar de trabajo, Nuevas evidencias de una encuesta a empleadores de la OCDE), y también deben considerarse las leyes de la UE y las disposiciones de la Carta Social Europea. El establecimiento y la terminación de un contrato de trabajo podrían verse influidos por entrevistas virtuales, respaldadas por IA, y la pregunta podría ser qué criterios se consideran, si una decisión la toma un ser humano o la IA para contratar o despedir a un trabajador, de quién es la responsabilidad final, etc.

El Grupo 3podría estar relacionado con la existencia y sustancia de la relación de empleo. Se podrían abordar temas de derechos y deberes fundamentales derivados de la relación laboral, como el deber de trabajar y el derecho al pago. Los temas podrían relacionarse con el tiempo de trabajo como un factor aún relevante en las relaciones laborales (Directiva sobre el tiempo de trabajo, estricta distinción entre la vida laboral y la vida privada o la combinación de ambas; por ejemplo, ¿el trabajo a distancia implica trabajar desde casa, durante las vacaciones, los fines de semana, la combinación de tiempo de trabajo y actividad por cuenta propia, por ejemplo, en el sector sanitario, Directiva sobre equilibrio entre vida laboral y personal, Directiva sobre condiciones laborales transparentes y predecibles, posting de trabajadores, pero también el derecho a desconectarse) y el pago (Directiva sobre sueldos mínimos adecuados, ¿sigue siendo relevante?, ¿pago en efectivo o en beneficios, remuneración de funcionarios públicos y empleados civiles, etc.). Además, ¿cuánto de derecho privado y cuánto de derecho público debe considerarse al establecer o finalizar un contrato de trabajo?

El Grupo 4podría abordar cuestiones de no discriminación. El principio de igualdad proporciona justicia en la sociedad y muchas veces está bajo tensión. Los temas podrían relacionarse con la igualdad de género (mejorar el equilibrio de género entre los directores de las empresas cotizadas y las medidas relacionadas, Directiva sobre la brecha salarial de género, ¿sigue siendo un problema?), edad y otras desigualdades basadas en las circunstancias personales. Además, los trabajadores no migrantes y migrantes (de países de la UE o no de la UE, por ejemplo, debido a migraciones por cambio climático) podrían ser tratados de manera diferente en el mercado laboral nacional o europeo sin justificación razonable.

El Grupo 5podría centrarse en la salud y seguridad laboral, un tema a menudo olvidado o tratado por separado. Los temas podrían incluir la salud y seguridad relacionadas con nuevas formas de organización del trabajo, nuevos riesgos de salud y seguridad (como pandemias, teletrabajo, digitalización y control excesivo de los trabajadores) y la prestación transfronteriza de seguridad y salud en el trabajo.

La primera parte del congreso se completará con el Grupo 6sobre las transformaciones del derecho laboral, abordando temas de sostenibilidad social bajo los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), el impacto del cambio climático en las relaciones laborales, las cadenas de suministro globales y las responsabilidades del derecho laboral. Además, se podría considerar la ampliación del ámbito del derecho laboral (en diversas direcciones).

El Congreso ISLSSL de Ljubljana continuará con la segunda parte sobre el derecho de seguridad social. El Grupo 7podría tratar el tema de los riesgos sociales, basándose en los hallazgos del Congreso Mundial ISLSSL de Roma. Los temas podrían abordar el desarrollo de la comprensión de los riesgos sociales en diferentes países europeos (de la solidaridad a la mayor responsabilidad individual – ¿para todos los riesgos sociales?, procesos de reforma en perspectiva comparativa y europea). Además, podría discutirse si las nuevas contingencias en la vida (como los desastres naturales) han desarrollado un nuevo riesgo social.

El Grupo 8podría explorar el impacto de las nuevas formas de organización del trabajo y la automatización de la seguridad social. Los temas podrían abordar el teletrabajo transfronterizo en la UE y más allá, y la legislación aplicable de seguridad social, la limitación de la precariedad laboral mediante medidas de seguridad social, la creciente importancia de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE para la seguridad social y la asistencia social, la automatización de la seguridad social y la influencia de la IA, medidas para combatir la amenaza de la precariedad en la seguridad social.

El Grupo 9podría tratar el ámbito y el contenido de la seguridad social, bajo la universalidad y la suficiencia de la seguridad social. Los temas podrían centrarse en la universalidad de la atención médica: experiencias de los países europeos (Declaración de la ONU «Cobertura universal de salud: avanzar juntos para construir un mundo más saludable», reformas en la atención médica y diversas formas de acceso a la atención médica, como el acceso geográfico, temporal, económico, procesal e informativo), inclusión de los trabajadores migrantes en la seguridad social nacional (de acuerdo con la Declaración Universal de Derechos Humanos, el derecho a la seguridad social debe ser disfrutado por todos como miembros de la sociedad – ¿quién es «todos» y cómo debe entenderse la sociedad aplicando una interpretación dinámica?), suficiencia de los beneficios de seguridad social y asistencia social (especialmente en tiempos de crisis, como la revisión ad hoc del Comité Europeo de Derechos Sociales sobre la crisis del costo de vida).

El Grupo 10abordará la supervisión del estado social/bienestar. El estado social en Europa continental o el estado de bienestar en el orden jurídico anglosajón es responsable de mitigar las circunstancias de vida de las personas. Sin embargo, también puede ser demasiado intrusivo e incluso antisocial (y contra legem). Los ejemplos podrían incluir sanciones demasiado estrictas contra los beneficiarios de prestaciones en Noruega, el llamado escándalo de NAV, donde al menos 80 personas fueron condenadas erróneamente por fraude en la seguridad social, y más de 2,400 beneficiarios de prestaciones sociales fueron demandados incorrectamente debido a una interpretación incorrecta de las Regulaciones del EEE por los tribunales y la administración; o el llamado escándalo de las prestaciones de cuidado infantil en los Países Bajos, donde miles de familias fueron acusadas erróneamente de realizar reclamaciones fraudulentas y se les pidió que devolvieran las ayudas recibidas, lo que provocó dificultades económicas graves. La pregunta será qué mecanismos de control existen y deben existir, tanto internos (como los tribunales sociales y otros tribunales, defensores del pueblo) como externos (como los socios sociales, es decir, los sindicatos y las organizaciones de empleadores, que también pueden estar encargados de financiar y gestionar los seguros sociales). A nivel internacional europeo, el procedimiento de quejas colectivas ante el Comité Europeo de Derechos Sociales (de acuerdo con la Carta Social Europea) también podría servir como ejemplo.

La tercera parte del Congreso subrayará la importancia del derecho colectivo del trabajo. La paz social es un elemento importante para la paz en general. Por lo tanto, el Grupo 11se centrará en la diversidad de la negociación colectiva y las acciones colectivas. Los temas podrían estar relacionados con el ámbito de los acuerdos laborales colectivos y su aplicabilidad transfronteriza, y la transposición de las directivas del derecho laboral de la UE a través de acuerdos colectivos a nivel nacional, el derecho a huelga bajo las leyes nacionales y las decisiones (¿divergentes?) del TEDH y el CESR, con un enfoque especial en las especificidades del sector público y otras acciones colectivas en el derecho nacional y europeo.

El Grupo 12profundizará en la información, consulta y co-determinación, con temas sobre las experiencias con los consejos de trabajo (europeos) y las Directivas de la UE, los niveles de cooperación, desde la mera información hasta la consulta y co-determinación, las especificidades para los trabajadores de plataformas, la comparación entre países (también sobre el diálogo social más o menos extenso).

Con el Grupo 12, el Congreso ISLSSL de Ljubljana completará su misión. El número 12 tiene un significado especial en la existencia europea. La bandera de la UE presenta un círculo de 12 estrellas doradas, que representan los ideales de unidad, solidaridad y armonía entre los pueblos de Europa. El derecho laboral y de seguridad social nacional y europeo debe contribuir valientemente a estos ideales.

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